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Oxford Group Educación Corporativa Ejecutiva Asesoría y Consultoría

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Variantes de INCOTERMS

Publicado por Look Trade giovannihc@hotmail.com activado 2 Noviembre 2009, 15:57pm

Etiquetas: #Comercio Internacional

En la práctica, es frecuente que las partes añadan palabras a los Incoterms buscando más precisión de la que los términos pueden ofrecer. Debe subrayarse que los Incoterms no ofrecen ninguna pauta para tales adiciones. Así, si las partes no pueden confiar en una costumbre del tráfico bien fundada para interpretarlas, pueden encontrar problemas cuando no pueda probarse algún acuerdo coherente respecto de las adiciones.

Si, por ejemplo, se emplean las expresiones usuales “FOB estibado” o “EXW cargado”, es imposible establecer una interpretación mundial de que las obligaciones del vendedor se extienden no sólo en relación a los costes de cargar efectivamente las mercancías en el buque o en el vehículo respectivo sino que también incluyen el riesgo de la pérdida o del daño fortuitos de las mercancías en el proceso de estiba o carga. Por esas razones, se recomienda decididamente a la partes que dejen claro si desean que la función o el coste de las operaciones de estiba y carga recaigan sobre el vendedor o si además deberá soportar el riesgo hasta que la estiba y la carga se hayan realmente completado. Los Incoterms no prevén ninguna solución para esas cuestiones: consecuentemente, si el contrato tampoco describe expresamente las intenciones de las partes, pueden generarse dificultades y costes demasiado innecesarios.

Aunque los Incoterms 2000 no disciplinan muchas de estas variantes normalmente utilizadas, los preámbulos de ciertos términos comerciales alertan a las partes sobre la necesidad de términos contractuales especiales si desean ir más allá de las estipulaciones de los Incoterms.

EXW

la obligación añadida para el vendedor de cargar las mercancías en el vehículo recolector del comprador;

CIF/CIP

la necesidad del comprador de seguro adicional;

DEQ

la obligación añadida para el vendedor de pagar los costes posteriores a la descarga.

En algunos casos los vendedores y los compradores se refieren a la práctica comercial del tráfico de línea y de pólizas de fletamento. En esas circunstancias, resulta necesario distinguir claramente entre las obligaciones de las partes según el contrato de transporte y sus obligaciones recíprocas de acuerdo al contrato de compraventa. Desafortunadamente, no existe una definición autorizada de expresiones como “términos de línea regular” (liner terms) y “cargas de terminales de manipulación” (terminal handling charges - TCH). La distribución de los costes de acuerdo a tales términos puede diferir según las plazas y cambiar de vez en cuando. Se recomienda a las partes que dejen claro en el contrato de compraventa cómo deben distribuirse esos costes entre ellas.

Expresiones usadas a menudo en las pólizas de fletamento, como “FOB estibada” (FOB stowed), “FOB estibado y trincado” (FOB stowed and trinmmed), se utilizan a veces en los contratos de compraventa para dejar claro en qué medida el vendedor en condiciones FOB tiene que realizar la estiba y el trincado de las mercancías a bordo del buque. Cuando se añaden esas palabras, es necesario aclarar en el contrato de compraventa si las obligaciones añadidas se refieren sólo a los costes o a los costes y riesgos.

Como se ha dicho, los esfuerzos hechos se han dirigido a garantizar que los Incoterms reflejan la práctica comercial más usual. Sin embargo, en algunos casos -especialmente cuando los Incoterms 2000 difieren de los Incoterms 1990- las partes pueden desear que los términos comerciales operen de forma diferente. Se les recuerda sobre esas opciones en el preámbulo de los términos señaladas con la expresión “Sin embargo”.

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Y
<br /> <br /> Es necesario que el importador como el exportador deba utilizar adecuadamente<br /> los incoterms  establecido en el contrato ya que así no se puedan<br /> modificar añadiendo un término.<br /> <br /> <br />  <br /> <br /> <br /> <br />
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M
<br /> Este artículo se refiere a que todo País que se dedica a exportar y/o importar tienen obligaciones que cumplir una vez firmado el contrato de compra o venta , así nos especifica los INCOTERMS.<br /> <br /> <br />
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J
<br /> Es necesario saber que es importantes utilizar adecuadamente los incoterms, que estos no deben ser modificados, ni alterados para evitar futuras discrepancias, y que si se añade algun termino o<br /> frase esta no es valida para cualquier reclamo<br /> <br /> <br />
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A
<br /> Se puede considerar que todo exportador siempre tiene la obligación de dar a conocer al exportador todas las referencias de la mercancía la cual esta vendiendo, por esta razón es la que el<br /> conocimiento de embarque debe llegar siempre antes que la mercadería al importador lo cual facilitaría la negociación o cancelación<br /> <br /> <br />
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N
<br /> Ambas partes a los incoterms lo interpretan en la forma que no es la correcta, pues aumentan terminos que no estan definidas en los incoterms<br /> <br /> <br />
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W
<br /> Este articulo nos hace recodar que es muy importante firmar los contratos de compra vente ciñendonos a los incoterms y su significado para evitar futuras controversias. Las aclaraciones y<br /> espficaciones fuera de los incoterms pueden ser posibles pero precisando que su valor para cualquier reclamo tiene limitaciones por que no son validados por las normas internacionales.<br /> <br /> <br />
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E
<br /> Los Incoterms no pueden ser modificados a conveniencias de las partes contratantes pues esto no ayuda en nada y mucho menos no da seguridad al transporte de sus productos.<br /> <br /> <br />
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Y
<br /> En muchos casos se utilizan terminos que estan fuera de los incoterms, estos traen inconvenmientes entre las partes cuando se producen imprevistos, lo incoterms fueron hechos para desarrollar las<br /> compras y ventas de manera usual, para esto es ncesario que las partes especifiquen e sus contratos de forma clara las formas de solucion en caso de inconvenientes.<br /> <br /> <br />
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R
<br /> nos especifica que por medio de los incoterms 2000 nos dan algunas pautas de las obligaciones, necesidades que existen por medio de estas las cules algunas son convenientes para una parte y otroas<br /> para la otra, despues de todo tiene que existir un concenso entre las partes para que sean beneficiadas ambas partes.<br /> <br /> <br />
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