PRECISIONES SOBRE LA DISPONIBILIDAD TEMPORAL DE LOS DEPÓSITOS POR COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS
Con fecha 29 de agosto del presente año fue publicado el Decreto Supremo N° 8-2014-TR que precisa los alcances del Decreto de Urgencia N° 1-2014 que autoriza la disponibilidad temporal de los depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Los aspectos más importantes de dicho dispositivo legal son los siguientes:
Modificación del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo: El presente Decreto Supremo modifica el artículo 23 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo para establecer que será considerado como infracción leve no cumplir oportunamente con los deberes de información, hacia las entidades depositarias, relativos a la disponibilidad e intangibilidad de los depósitos por CTS.
/https%3A%2F%2Fi3.ytimg.com%2Fvi%2FLlWrUSvH2LY%2Fhqdefault.jpg)